EL DECANATO
El Decanato
El Decanato de los Registradores de Cataluña
¿Qué es el Colegio de Registradores?
Según los primeros artículos de los estatutos del Colegio de Registradores:
Corporación de derecho público
Es una corporación de derecho público amparada por la ley y reconocida por el Estado, con personalidad jurídica propia y plena capacidad. Gozará de autonomía para el cumplimiento de sus fines. Tiene competencia sobre sus colegiados en todo el territorio nacional, que será ejercida directamente por la Junta de Gobierno y por los restantes órganos colegiales.
Legislación hipotecaria
Se rige por lo dispuesto en la legislación hipotecaria, en la de colegios profesionales y en los presentes estatutos generales, conforme a lo previsto en la mencionada legislación de colegios profesionales.
Miembros del Colegio
El Colegio estará integrado con carácter exclusivo y obligatorio por todos los registradores de la propiedad y mercantiles en activo y por los miembros del cuerpo de aspirantes a registros y, con carácter voluntario, por los excedentes y jubilados.
¿Qué es el Decanato de los Registradores de Cataluña?
La explicación de la existencia del Decanato la encontramos en los artículos 33 al 37 de los Estatutos del Colegio de Registradores. En estos artículos se dice que:
En cada comunidad autónoma o, en su caso, territorio, habrá una asamblea, una junta de gobierno y un decano territorial o autonómico y los delegados provinciales.